{"id":14,"date":"2023-05-18T05:36:57","date_gmt":"2023-05-18T05:36:57","guid":{"rendered":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/?page_id=14"},"modified":"2023-05-18T06:05:34","modified_gmt":"2023-05-18T06:05:34","slug":"mision-e-historia","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/mision-e-historia\/","title":{"rendered":"Misi\u00f3n e Historia"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-page\" data-elementor-id=\"14\" class=\"elementor elementor-14\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<section class=\"elementor-section elementor-top-section elementor-element elementor-element-4122337 elementor-section-stretched elementor-section-boxed elementor-section-height-default elementor-section-height-default\" data-id=\"4122337\" data-element_type=\"section\" data-settings=\"{&quot;stretch_section&quot;:&quot;section-stretched&quot;,&quot;jet_parallax_layout_list&quot;:[]}\">\n\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-container elementor-column-gap-default\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-column elementor-col-100 elementor-top-column elementor-element elementor-element-0f82afc\" data-id=\"0f82afc\" data-element_type=\"column\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-widget-wrap elementor-element-populated\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-50c30c0 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"50c30c0\" data-element_type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t<style>\/*! elementor - v3.16.0 - 17-10-2023 *\/\n.elementor-widget-text-editor.elementor-drop-cap-view-stacked .elementor-drop-cap{background-color:#69727d;color:#fff}.elementor-widget-text-editor.elementor-drop-cap-view-framed .elementor-drop-cap{color:#69727d;border:3px solid;background-color:transparent}.elementor-widget-text-editor:not(.elementor-drop-cap-view-default) .elementor-drop-cap{margin-top:8px}.elementor-widget-text-editor:not(.elementor-drop-cap-view-default) .elementor-drop-cap-letter{width:1em;height:1em}.elementor-widget-text-editor .elementor-drop-cap{float:left;text-align:center;line-height:1;font-size:50px}.elementor-widget-text-editor .elementor-drop-cap-letter{display:inline-block}<\/style>\t\t\t\t<h1 id=\"page-title\" class=\"title\" style=\"text-align: center;\">MISI\u00d3N, VISI\u00d3N E HISTORIA<\/h1><div class=\"region region-content\"><div id=\"block-system-main\" class=\"block block-system\"><div class=\"content\"><div id=\"node-2\" class=\"node node-page node-full clearfix\"><div class=\"content clearfix\"><div class=\"field field-name-body field-type-text-with-summary field-label-hidden\"><div class=\"field-items\"><div class=\"field-item even\"><p><strong>MISI\u00d3N<\/strong><\/p><p class=\"rtejustify\">PROPORCIONAR SERVICIOS DE CALIDAD DE MANERA OPORTUNA EN LA ADMINISTRACI\u00d3N E IMPARTICION DE JUSTICIA LABORAL BUROCR\u00c1TICA, APEGADOS A LA LEGISLACI\u00d3N VIGENTE EN NUESTRO ESTADO.<\/p><p><strong>VISI\u00d3N<\/strong><\/p><p class=\"rtejustify\">QUE EN LA IMPARTICI\u00d3N DE LA JUSTICIA EN MATERIA LABORAL BUROCR\u00c1TICA EN EL ESTADO PREVALEZCA LA CONCILIACI\u00d3N Y RESPETO ENTRE LOS TRABAJADORES Y DEPENDENCIAS P\u00daBLICAS, MANTENIENDO EL EQUILIBRIO Y LA PAZ LABORAL.<\/p><p><strong>TRIBUNAL DE CONCILIACI\u00d3N Y ARBITRAJE<\/strong><\/p><p class=\"rtejustify\">Decreto en 1987 que publica la Ley de los Trabajadores al Servicio del\u00a0 Estado y Municipios regula la relaci\u00f3n de trabajo entre Gobierno del Estado, Municipios y sus dependencias descentralizadas, paraestatales \u00f3 municipales, \u00f3rganos aut\u00f3nomos y sus trabajadores individual y colectivamente.- Incluye en su regulaci\u00f3n la creaci\u00f3n e instalaci\u00f3n del Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje en el Estado de Quer\u00e9taro, con funciones jurisdiccionales y administrativas, con integraci\u00f3n tripartita reconociendo participaci\u00f3n de representantes de Gobierno y Municipios y de Trabajadores quienes ten\u00edan reconocida la facultad de designar un 3\u00ba quien fungir\u00eda como Presidente para el funcionamiento tripartita. Se instala en Diciembre de 1987 e inicia actividades a partir del 1er d\u00eda h\u00e1bil de 1988.<\/p><p class=\"rtejustify\">En 1992 se reforma la Ley de los Trabajadores al Servicio del\u00a0 Estado y Municipios agreg\u00e1ndose 2 representaciones, una de los Trabajadores de la Educaci\u00f3n y otra de Gobierno del Estado, para que con el Presidente ya en funciones integra la Segunda Sala que conocer\u00e1 y resolver\u00e1 los conflictos de trabajo de los maestros, de los trabajadores de la Educaci\u00f3n, considerada la descentralizaci\u00f3n registrada en ese \u00e1mbito habiendo sido ubicados estos como Trabajadores de Gobierno del Estado.<\/p><p class=\"rtejustify\">En marzo de 2009, una vez registrada la publicaci\u00f3n y vigencia de la actual Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado de Quer\u00e9taro que reconoce al Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje como organismo aut\u00f3nomo, se abroga la Ley de los Trabajadores al Servicio del\u00a0 Estado y Municipios y se expide la actual Ley de los Trabajadores del Estado de Quer\u00e9taro y establece que la integraci\u00f3n seguir\u00e1 siendo con representantes de los Trabajadores de Gobierno y Municipios y de \u00a0Gobierno, para integrar Sala Uno y Sala Dos, con la modificaci\u00f3n en la facultad de designar al Presidente que recae en la Legislatura del Estado, con decreto obtenido por mayor\u00eda calificada.<\/p><p class=\"rtejustify\">En Noviembre de 2010 se hizo la designaci\u00f3n de representantes de Trabajadores de dependencias de Gobierno y de Municipios, a trav\u00e9s de convenci\u00f3n celebrada por los sindicatos mayoritarios y reglamentos registrados de trabajadores; por designaci\u00f3n y por oficio corresponde al Sindicato de Trabajadores de la Educaci\u00f3n y a Gobierno del Estado, la designaci\u00f3n del Presidente fue a cargo y a la facultad de la Legislatura del Estado, instal\u00e1ndose as\u00ed el actual Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje a partir del 19 de noviembre del 2010, para ejercer en el periodo que vence al 18 de noviembre de 2016.<\/p><p class=\"rtejustify\">En este periodo, la estructura del Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje del Estado\u00a0 de Quer\u00e9taro ha venido defini\u00e9ndose, a partir de las designaciones de representantes referidas y, es en base la autoridad laboral en esta materia se conforma por: Maestra Gloria M\u00e9ndez Garc\u00eda; Representante de Trabajadores de Gobierno y Municipios, Lic. Eloy R\u00faelas S\u00e1nchez; Representante de Gobierno del Estado y Municipios, integrando la Primera Sala; Lic. Julio C\u00e9sar Maldonado Mej\u00eda, Representante de Trabajadores de la Educaci\u00f3n y Lic. Francisco Javier Uribe S\u00e1nchez; Representante de Gobierno del Estado integrando la Segunda Sala. En ambas por ley funge como Magistrado Presidente, el Lic. Salvador Rojas Paredes quien tambi\u00e9n lo es del pleno del Tribunal que act\u00faa con la fe p\u00fablica de una Secretaria de Acuerdos.<\/p><p class=\"rtejustify\">Para desarrollar su funci\u00f3n como autoridad jurisdiccional y administrativa en el \u00e1mbito de las relaciones laborales burocr\u00e1ticas estatales, el Tribunal por ley cuenta con Presidentes Auxiliares, de las Primeras Salas Lic. Gerardo G\u00f3mez S\u00e1nchez y Lic. Maclovia Montes\u00a0 Rivera, de las Segundas Salas, Lic. Gabriela Sarabia Chaparro y Lic. Leticia Corona Cort\u00e9s quienes tienen\u00a0 como funci\u00f3n principal el desahogo del procedimiento establecido en la ley para\u00a0 resoluci\u00f3n de los conflictos que por orden de presentaci\u00f3n les son turnados. Respectivamente funge como su personal de Apoyo las secretarias Kenia Yunuen Ferrusca Granados, Ana Ligia Vega Paz y Puente, Celia Zamora Alvarado y Lucero Mart\u00ednez Hern\u00e1ndez.\u00a0<\/p><p class=\"rtejustify\">La Secretaria de Acuerdos registra como titular a la C. Lic. Karla Aurora Hurtado Reyes con funci\u00f3n asignada de llevar control de registro y manejo de expedientes, notificaciones, emplazamientos, publicaciones en los estrados, dar fe de actuaciones, llevar agenda del Tribunal, turnar promociones, revisar promoci\u00f3n y actuaciones de sindicatos, registro, expedici\u00f3n de copias. Su personal de apoyo lo es actualmente Daysi Johanna Herre\u00f1o Campo.<\/p><p class=\"rtejustify\">En el \u00e1rea de Oficial\u00eda de Partes y Archivo tiene a su cargo la recepci\u00f3n y registro de demanda y promoci\u00f3n, oficios, notificaciones, turnarlas con su correspondiente expediente, organiza sistema de guarda de archivo cuidando la integridad y f\u00e1cil localizaci\u00f3n de expedientes y anexos, facilitar expedientes para consulta, expedir con alta de identificaci\u00f3n los acuses de recibo. Como responsable de esta \u00e1rea se registra a David Josafat Miranda Olvera, con Luis Fernando Tapia Mart\u00ednez como personal de apoyo.<\/p><p class=\"rtejustify\">Para la funci\u00f3n jurisdiccional, espec\u00edficamente el cumplimiento en la parte conciliatoria, en virtud de disposici\u00f3n legal vigente a partir de diciembre 2012, se aplic\u00f3 la designaci\u00f3n de 2 funcionarios Conciliadores que coadyuvan en las audiencias en actividades encaminada a obtener soluci\u00f3n conciliatoria a los conflictos de trabajo, individuales \u00f3 colectivos, apoyando a los titulares de las Salas, a la fecha tal funci\u00f3n se asign\u00f3 al Lic. Joel Granados Mondrag\u00f3n y Lic. Laura Eloisa Guti\u00e9rrez Cabrera.<\/p><p class=\"rtejustify\">En la elaboraci\u00f3n de Proyectos la resoluci\u00f3n, tambi\u00e9n en apoyo a los Titulares de las Salas, de la Presidencia y del Pleno, se cuenta con la actividad asignada a Servidores P\u00fablicos con la denominaci\u00f3n de Proyectistas, uno por sala, que se encarga de revisar si el procedimiento est\u00e1 agotado en los t\u00e9rminos de ley, a elaborar un resumen de las actuaciones, anexos, promociones, descripci\u00f3n de pruebas, configuraci\u00f3n de la litis, de las cuestiones controvertidas y proyecto de resoluci\u00f3n, proponiendo sentido de la misma y realizando valoraci\u00f3n de probanzas y juicio por fundamentar la propuesta, que se turna al Pleno para estudio y determinaci\u00f3n de lo que se integre al laudo o resoluci\u00f3n de que se trate. En esta tarea actualmente se registra las Lics. Sandra de Jes\u00fas Aguilar, Clara Elena Almeida Alvarado, Martha Cecilia Mor\u00e1n Servien y Alma Laura Llamas Serv\u00edn.<\/p><p class=\"rtejustify\">Importante es la funci\u00f3n de notificaci\u00f3n y emplazamiento a juicio, de resoluci\u00f3n de tr\u00e1mite, interlocutoria \u00f3 definitiva, actuaciones relativas a constancia, cotejos, inspecci\u00f3n, entrega de citatorios dentro del procedimiento, actos de ejecuci\u00f3n, que por ley est\u00e1 encaminada al funcionario designada bajo la denominaci\u00f3n de Actuario. En esta funci\u00f3n se registran actualmente a los Lics. H\u00e9ctor Aguilar Gardu\u00f1o, Jos\u00e9 Guadalupe Morales Dorantes y Miriam Briones Dom\u00ednguez. Apoyando en entrega y expedici\u00f3n de oficios, copias y turno de expedientes por Oscar Isaac Mendoza R\u00edos quien tiene asignado el puesto de Velador con actividades diversas como son mensajer\u00eda, compra de insumos y guarda de \u00e9stos.<\/p><p class=\"rtejustify\">Apoyo con servicio externo para la cumplimentaci\u00f3n de tareas encaminadas a desahogar, a cumplir obligaciones como Organismo p\u00fablico, aut\u00f3nomo, jurisdiccional, administrativo. Se ha logrado obtener a partir del mes de mayo de 2013, intermitentemente, para atender cuestiones de Fiscalizaci\u00f3n, de Contabilidad, de Cuenta P\u00fablica, de Consolidaci\u00f3n, de implementaci\u00f3n en sistema de acceso a los medios y equipos \u00f3 sistemas de Contabilidad Gubernamental a regularizar oportunidad de elaboraci\u00f3n, presentaci\u00f3n, justificaci\u00f3n, pagos, movimientos de personal, configuraci\u00f3n de constancias. Estos servicios se planean establecer permanentes e internos, incluida a la plantilla de personal, considerando lo permanente de la actividad y de las obligaciones a cubrir. Actualmente en tal tema se registra, en los t\u00e9rminos apuntados a la Lic. Laura Cort\u00e9s Cano, C.P. Francisco Mart\u00ednez Dehesa e Ing. Francisco Gabriel Mart\u00ednez Guill\u00e9n, \u00e9stos \u00faltimos como apoyo externo.<\/p><p class=\"rtejustify\">\u00a0El Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje del Estado de Quer\u00e9taro, tiene actualmente su domicilio en la calle Morelos pte. N\u00famero 180 Centro Hist\u00f3rico de la ciudad de Quer\u00e9taro, con tel\u00e9fono 2-13-18-04 y 2-13-36-12.<\/p><p class=\"rtejustify\">Su funci\u00f3n principal es conocer y resolver de los conflictos de trabajo que se susciten en el \u00e1mbito de las relaciones laborales entre Gobierno del Estado, Municipios y sus dependencias y sus trabajadores, mediante el procedimiento que establece la Ley de los Trabajadores del Estado de Quer\u00e9taro, esta es la jurisdiccional porque adicionalmente tiene funciones administrativas como registro de Sindicatos, informaci\u00f3n sobre su actuaci\u00f3n y cambios, dep\u00f3sito de convenios laborales de car\u00e1cter colectivo, expedici\u00f3n de reconocimiento de Mesa Directiva de los Sindicatos.<\/p><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div>\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/section>\n\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MISI\u00d3N, VISI\u00d3N E HISTORIA MISI\u00d3N PROPORCIONAR SERVICIOS DE CALIDAD DE MANERA OPORTUNA EN LA ADMINISTRACI\u00d3N E IMPARTICION DE JUSTICIA LABORAL BUROCR\u00c1TICA, APEGADOS A LA LEGISLACI\u00d3N VIGENTE EN NUESTRO ESTADO. VISI\u00d3N QUE EN LA IMPARTICI\u00d3N DE LA JUSTICIA EN MATERIA LABORAL &hellip; <a href=\"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/mision-e-historia\/\">Continuar<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-14","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/14","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=14"}],"version-history":[{"count":11,"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/14\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":65,"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/14\/revisions\/65"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tribunaldeconciliacionyarbitrajeqro.com.mx\/Proximamente\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=14"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}